Estas son las obligaciones que deben cumplir las agencias de viajes en el país

 

 

 



La gaceta también estipula que los turistas deben presentar un comprobante de cambio legal de divisas a moneda nacional en el caso de que paguen los servicios en bolívares. Este miércoles, el Ministerio de Turismo publicó las normas que regirán el funcionamiento de las agencias de viajes y operadores turísticos con respecto al turismo receptivo extranjero, la misma tiene el objeto de normar esta actividad.

Según la norma publicada en gaceta Oficial 40.435 los prestadores de servicios turísticos, que van desde agencias de viajes hasta posadas, deben remitir mensualmente al Ministerio de Turismo una lista de los visitantes extranjeros, así como las operaciones que en divisas hayan hecho en el establecimiento.

En el caso de hoteles y alojamiento en general deben incluir "los datos de los viajeros extranjeros que suministren deben coincidir con los asentados en el respectivo "Libro oficial de Entrada y Salida de Huéspedes” exigido por el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime)".

El texto también indica que "las transacciones que se realicen en divisas por parte de los prestadores de servicios turísticos deben ser notificadas al referido ministerio y a los órganos y entes con competencia en el régimen de administración de divisas, en un plazo que no exceda de 15 días hábiles”.

La gaceta también estipula que los turistas deben presentar un comprobante de cambio legal de divisas a moneda nacional en el caso de que paguen los servicios en bolívares, dicho recibo o comprobante puede ser emitido tanto por el Ministerio de Turismo como por Instituto Nacional de Turismo (Inatur).

(LaIguana.TV)